PROGRAMA DE EDUCACIÓN ESPECIAL

Si un padre sospecha que su hijo posee un impedimento que afecte el aprendizaje de su hijo(a) debe orientarse en su escuela o acudir directamente al Centro de Servicios de Educación Especial.  El Departamento de Educación de Puerto Rico tiene como meta el proveer oportunidades educativas plenas a niños y jóvenes con impedimentos.  La Ley 51 de Puerto Rico y la Ley Federal Individuals with Disabilities Education Improvement Act – IDEIA requieren que se realicen esfuerzos para localizar a niños y jóvenes con necesidades de servicios de educación especial.  Además, establecen el derecho de todo niño o joven con impedimentos de 3 a 21 años edad, inclusive, de recibir una educación pública, gratuita y apropiada.
El Departamento de Educación tiene sesenta (60) días a partir de la fecha de registro para llevar a cabo una evaluación del estudiante en aquellas áreas relacionadas con el impedimento que se sospecha, determinar su eligibilidad a los Servicios de Educación Especial, preparar el Programa de Educación Individualizada (PEI) y hacer los ofrecimientos de ubicación escolar y servicios relacionados que corresponden al estudiante.
 
 
 

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