LIBRE ELECCIÓN DE ESCUELA

¿En cuáles casos tienen los alumnos derecho a la libre elección de escuela?
Los alumnos tienen derecho a ejercer la libre elección de escuela cuando asisten a una escuela beneficiada por Título I que no haya hecho progreso anual adecuado para mejorar el rendimiento académico de los alumnos – según lo define el estado – por dos años consecutivos o por más tiempo y, por lo tanto, se ha determinado que la escuela requiere mejoramiento, acción correctiva o reestructuración.  Cualquier alumno que asista a tal escuela debe contar con la opción de trasladarse a otra escuela pública en el distrito que no necesite mejoramiento, a no ser que una ley estatal prohíba tal opción.  La Ley No Child Left Behind establece que al ofrecer la libre elección de escuela es necesario dar prioridad a los alumnos de rendimiento más bajo proveniente de familias de escasos recursos económicos.  Pueden optar a la libre elección de escuela los alumnos matriculados en escuelas identificadas como necesitadas de mejoramiento conforme a ESEA según las disposiciones de la ley antes de la promulgación de No Child Left Behind.  Además, los alumnos pueden optar a la libre elección de escuela cuadno asisten a una “escuela con peligros persistentes” según la definición de tal designación establecida por el estado en cuestión.  Cualquier alumno que haya sido víctima de un delito de violencia en el predio de su escuela también puede optar a la libre elección de escuela.



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