LIMITACIONES LINGÜÍSTICAS

La Ley 107-110 de 2011, conocida como No Child Left Behind Act (NCLB) – Que Ningún Niño Quede Rezagado – tiene como propósito principal asegurar que todos los estudiantes tengan oportunidades justas y equitativas de obtener una educación de alta calidad, al demostrar que se han alcanzado los estándares académicos con la ayuda de las evaluaciones establecidas.  En Puerto Rico, el Programa Título III (Language Instruction for Limited Spanish Proficient and Immigrant Students), según la Ley NCLB, ofrece los servicios necesarios para estudiantes inmigrantes y estudiantes cuyo primer idioma no es el español (LLE) con menos de tres (3) años en un sistema de educación en Estados Unidos o sus territorios.  El objetivo del programa es que estos estudiantes logren hablar, escribir, leer y comprender el idioma español, además de desempeñarse efectivamente en las asignaturas de contenido académico.  Es responsabilidad del Departamento de Educación (DE) ofrecer los servicios que necesitan para lograr su desarrollo académico y la integración sociocultural al País.  La ley enfatiza dos aspectos de la educación de estos estudiantes, clasificados en Estados Unidos como English Language Learners (ELL) y en Puerto Rico como estudiantes con Limitaciones Lingüísticas en Español (LLE).


 

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